Convocatoria 01 A la celebración de Asambleas Provinciales
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Convocatoria 01 A la celebración de Asambleas Provinciales
jueves, 26 de junio de 2025
El Comité Ejecutivo Nacional y el Tribunal Electoral Interno:
En el ejercicio de las atribuciones y facultades establecidas en el Estatuto Vigente, el Reglamento Electoral Interno para el proceso de renovación de estructuras partidarias y designación de candidaturas a puestos de elección popular (Rige. Este Reglamento rige a partir del 20 de enero de 2025. Aprobado en Asamblea Nacional (Superior) y Asamblea General del 19 de enero de 2025. Publicado en el sitio web: el 21 de enero de 2025) y el Reglamento del Tribunal Electoral Interno (Rige. Este Reglamento rige a partir del 20 de enero de 2025. Aprobado en Asamblea Nacional (Superior) y Asamblea General del 19 de enero de 2025. Publicado en el sitio web: el 21 de enero de 2025), convocan:
A CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DE LAS ASAMBLEAS PROVINCIALES DE:
Provincias:
- 03 Cartago
- 07 Limón
Provincia: 03 Cartago
- Fecha de la sesión: sábado, 05 de julio del 2025
- Primera convocatoria: 04:00:00 p.m.
- Segunda convocatoria: 05:00:00 p.m.
- LUGAR: RESTAURANTE MI TIERRA, CANTÓN: 307 OREAMUNO, DISTRITO: 3071 SAN RAFAEL
- DIRECCIÓN EXACTA: RESTAURANTE MI TIERRA, SAN RAFAEL, A 2 KILÓMETROS AL ESTE DEL PUENTE BAILEY, CARRETERA AL VOLCÁN IRAZÚ, DISTRITO DE SAN RAFAEL, DEL CANTÓN DE OREAMUNO, DE LA PROVINCIA DE CARTAGO, MISMO QUE SE UBICA AL LADO DERECHO DE LA CARRETERA, TELÉFONO DEL RESTAURANTE: +506 2551-7090 O AL CELULAR +506 8447-9363 CANTÓN: 307 OREAMUNO, DISTRITO:3071 SAN RAFAEL
Provincia: 07 Limón
- Fecha de la sesión: domingo, 06 de julio del 2025
- Primera convocatoria: 12: 00:00 d. (doce del mediodía)
- Segunda convocatoria: 01:00:00 p. m.
- LUGAR: SALA DE CONFERENCIAS DEL CENTRO TURISTICO PACUARE CANTÓN: 703 SIQUIRRES, DISTRITO: 7031 SIQUIRRES
- DIRECCIÓN EXACTA: SALA DE CONFERENCIAS DEL CENTRO TURISTICO PACUARE, EN SIQUIRRES, SOBRE RUTA 32, 200 METROS ESTE DEL SERVICENTRO UNO, AL LADO DERECHO; CANTÓN: 703 SIQUIRRES, DISTRITO: 7031 SIQUIRRES
AGENDA:
- Elección de la Asamblea Provincial de los puestos de las estructuras internas en donde:
- En la respectiva Sesión de la Asamblea Cantonal (Cerrada) no se recibieron candidaturas y/o no se designó por elección las personas a integrar los puestos.
- En donde las personas designadas no puedan inscribirse por: fallecimiento o incapacidad; inconsistencias; no cumplimiento del principio de paridad de género; no cumplimiento del requisito de inscripción electoral, y/o cualquier otra razón.
Según resolución del Departamento de Registro de Partidos Políticos del Tribunal Supremo Elecciones, para el cumplimiento y conclusión del proceso de renovación de estructuras partidarias de 2025. *1
- Ratificación de la Asamblea Provincial de los puestos de las estructuras internas en donde:
- En la respectiva Sesión de la Asamblea Cantonal (Cerrada) no se recibieron candidaturas y/o no se designó por elección las personas a integrar los puestos.
- En donde las personas designadas no puedan inscribirse por: fallecimiento o incapacidad; inconsistencias; no cumplimiento del principio de paridad de género; no cumplimiento del requisito de inscripción electoral, y/o cualquier otra razón.
Según resolución del Departamento de Registro de Partidos Políticos del Tribunal Supremo Elecciones, para el cumplimiento y conclusión del proceso de renovación de estructuras partidarias de 2025.
- Elección del Comité Ejecutivo Provincial y de la Fiscalía Provincial.
- Elección de diez personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales a la Asamblea Nacional en propiedad y cinco personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales en suplencia.
- Elección de la personas Delegadas por los cantones no representados, que serán designadas por mayoría de las cinco personas Delegadas Territoriales, del respectivo cantón, ante la Asamblea Provincial.
- Elección de la nómina de Candidaturas a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa por la respectiva provincia para las Elecciones Nacionales del 01 de febrero de 2026, en representación del Partido Unidad Social Cristiana, para ser sometida a ratificación de la Asamblea Nacional (Superior). No se elegirá en esta Sesión de la Asamblea Provincial convocada los siguientes puestos de la nómina de Candidaturas a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa:
- 01 San José: primer puesto de la nómina de candidaturas.
- 02 Alajuela, 03 Cartago y 04 Heredia: segundo puesto de la nómina de candidaturas
- Ratificación de todo lo actuado.
CONSIDERACIONES:
- NORMATIVA QUE REGULA EL CICLO ELECTORAL. La reglamentación que regula el proceso de renovación de estructuras partidarias del 2025 y designación de candidaturas a puestos de elección popular para las Elecciones Nacionales de febrero de 2026 es la siguiente:
- Constitución Política, de 7 de noviembre de 1949 (y sus reformas)
- Código Electoral, Ley N.º 8765 y sus reformas. Publicada en el Alcance N.º 37 a La Gaceta N.º 171 de 02 de setiembre de 2009.
- Reglamento para la inscripción de candidaturas y sorteo de la posición de los partidos políticos en las papeletas, del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto N.º 9-2010 (y sus reformas). Publicado en La Gaceta N.º 136 de 14 de julio de 2010.
- Reglamento para la Conformación y Renovación de las Estructuras Partidarias, Transformación de Escala y Fiscalización de Asambleas, del Tribunal Supremo de Elecciones, el cual fue publicado el día veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro en el diario oficial la Gaceta º 222, versión que rige.
- Estatuto vigente: puede consultar el Estatuto de forma directa en el sitio web del Tribunal Supremo de Elecciones en el siguiente enlace: https://www.tse.go.cr/pdf/normativa/estatutos/unidadsocialcristiana.pdf
- Reglamento Electoral Interno para el proceso de renovación de estructuras partidarias y designación de candidaturas a puestos de elección popular (Rige. Este Reglamento rige a partir del 20 de enero de 2025. Aprobado en Asamblea Nacional (Superior) y Asamblea General del 19 de enero de 2025. Publicado en el sitio web: el 21 de enero de 2025)
- Reglamento del Tribunal Electoral Interno (Rige. Este Reglamento rige a partir del 20 de enero de 2025. Aprobado en Asamblea Nacional (Superior) y Asamblea General del 19 de enero de 2025. Publicado en el sitio web: el 21 de enero de 2025).
- Reglamento de alternancia y paridad de género, Elecciones Nacionales: Reglamento para el mecanismo y sistema de aplicación de alternancia y paridad de género para la designación e integración de las nóminas a puestos de Elección Popular para las Elecciones Nacionales de febrero de 2026. (Rige. Este Reglamento rige a partir del 25 de noviembre de 2024. Aprobado en Asamblea Nacional (Superior) y Asamblea General del 24 de noviembre de 2024 Publicado en el sitio web: el 21 de enero de 2025).
FECHA Y ENLACE DE PUBLICACIÓN EN ESTRADOS: 21 DE ENERO: https://partidounidad.com/normativa-para-el-prep-2025-y-designacion-de-candidaturas-en-2026/
Puede ser descargada en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/drive/folders/1ntaXvJkynKslWKB4jPdhdL5g_Awv5Hhb?usp=sharing
B. PLAZOS:
- Miércoles 02 de julio de 2025: vence el plazo para que las personas interesadas en postularse como precandidatas a una Diputación de la Asamblea Legislativa soliciten la cita al Tribunal Electoral Interno para la entrega física y digital de la documentación de inscripción, a realizarse entre el jueves 03 de julio de 2025 al viernes 04 de julio de 2025, entre las 08:00 y 18:00 horas, a realizarse en la Sede del Partido Unidad Social Cristiana.
- Jueves 03 de julio de 2025: al ser las 08:00 horas inicia la inscripción de las personas precandidatas a las Diputaciones de la Asamblea Legislativa.
- Viernes 04 de julio de 2025: al ser las 18:00 horas finaliza la inscripción de las personas precandidatas a las Diputaciones de la Asamblea Legislativa.
C. FORMULARIOS:
- Formulario oficial de inscripción ante el Tribunal Electoral Interno de la nómina de candidaturas para la elección de la Asamblea Provincial de los puestos de las estructuras internas vacantes o por subsanación.
- Formulario oficial de inscripción ante el Tribunal Electoral Interno de la nómina de candidaturas para la elección del Comité Ejecutivo Provincial y de la Fiscalía Provincial.
- Formulario oficial de inscripción ante el Tribunal Electoral Interno de la nómina de candidaturas para la elección de diez personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales a la Asamblea Nacional en propiedad y cinco personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales en suplencia.
- Formulario oficial de inscripción ante el Tribunal Electoral Interno de la nómina de candidaturas para la elección de la personas Delegadas por los cantones no representados, que serán designadas por mayoría de las cinco personas Delegadas Territoriales, del respectivo cantón, ante la Asamblea Provincial.
- Formulario de inscripción de las personas precandidatas para la elección de la nómina de Candidaturas a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa por la respectiva provincia para las Elecciones Nacionales del 01 de febrero de 2026, en representación del Partido Unidad Social Cristiana, para ser sometida a ratificación de la Asamblea Nacional (Superior).
- Declaración jurada que no le alcanza ninguna de las prohibiciones establecidas en el Código Electoral y sus reformas, en el Partido Unidad Social Cristiana vigente y debidamente inscrito ante el TSE o en las demás disposiciones reglamentarias.
Pueden ser descargados en el siguiente enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1E3nx1sQpMZsBVNqyynRQUWHYAvhNuzCf?usp=sharing
D. COSTOS DE INSCRIPCIÓN:
D.1. COSTOS DE INSCRIPCIÓN DE LAS PERSONAS PRECANDIDATAS A LAS DIPUTACIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA: por concepto de inscripción de Candidaturas a Diputaciones de la República, correspondientes a las Elecciones Nacionales de 2026, se cobrará un monto de trescientos mil colones exactos (₡300.000), aplicable a los siguientes puestos de diputación:
- Para la provincia de 01 San José: hasta el cuarto lugar de diputación, inclusive.
- Para la provincia de 02 Alajuela: hasta el tercer lugar de diputación, inclusive.
- Para las provincias de 03 Cartago, 04 Heredia, 05 Guanacaste, 06 Puntarenas y 07 Limón: hasta el segundo lugar de diputación, inclusive.
Este monto deberá estar cancelado a más tardar un (1) día hábil antes de la celebración de la respectiva Asamblea Provincial en la cual se realice la elección correspondiente.
Forma de pago: el pago deberá efectuarse por SINPE Móvil, depósito o transferencia bancarios.
Datos bancarios para el pago:
- Titular de la cuenta: Partido Unidad Social Cristiana
- Cédula jurídica: 3-110-098296
- Cuenta IBAN: CR47016100024105175258
- SINPE Móvil: +506 7099-9980
- Banco: Banco Popular de Costa Rica
Una vez realizado el pago, deberá notificarse al correo electrónico tesoreria@partidounidad.com con copia a gerencia@partidounidad.com.
D.2. COSTOS DE INSCRIPCIÓN DE PAPELETAS: no se establecerá cuota alguna por concepto de inscripción de las personas precandidatas para la elección de:
- Comité Ejecutivo Provincial y de la Fiscalía Provincial.
- Diez personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales a la Asamblea Nacional en propiedad y cinco personas militantes que fungirán como personas Delegadas Territoriales en suplencia.
- Personas Delegadas por los cantones no representados.
E. PAGO DE MILITANCIA:
- Para las Asambleas Provinciales, estarán exentas del pago de militancia las personas Delegadas Territoriales.
- Las personas electas como Delegadas Territoriales en representación de sus respectivos cantones ante la Asamblea Provincial; que fueran electas como Alcalde o Alcaldesa, Intendente o Intendenta del cantón y que sea militante del Partido; la persona electa en la Vicealcaldía Primera del cantón y que sea militante del Partido; las personas electas en las Regidurías en Propiedad del cantón y que sean militantes del Partido; las personas que electas como Diputados (as) de la República, electos por nuestro Partido, que sean militantes y electores del respectivo cantón y las personas que fueran electas en la Presidencia de la República por nuestro Partido, que sean militantes, y electores del respectivo cantón que no se encuentren al día con su militancia, deberán cancelar por concepto de militancia la suma de Ȼ12.000 exactos para poder participar de dichos procesos; el pago de esta puede realizar por:
Forma de pago: el pago deberá efectuarse por SINPE Móvil, depósito o transferencia bancarios.
Datos bancarios para el pago:
- Titular de la cuenta: Partido Unidad Social Cristiana
- Cédula jurídica: 3-110-098296
- Cuenta IBAN: CR47016100024105175258
- SINPE Móvil: +506 7099-9980
- Banco: Banco Popular de Costa Rica
Una vez realizado el pago, deberá notificarse al correo electrónico tesoreria@partidounidad.com con copia a gerencia@partidounidad.com.
F. GENERALIDADES:
- Quórum, se integrará con la mitad más uno del total de las personas delegadas que integran la respectiva asamblea.
- En el salón de la respectiva sesión de la Asamblea Provincial se prohíbe la permanencia o interferencia durante las sesiones, de personas que no integren las respectivas asambleas, que no sean representantes del TEI o el TSE, o que por solicitud de alguna autoridad requiera su presencia. Estas personas podrán ubicarse en todo momento en las áreas exteriores a los respectivos salones, en caso de las personas candidatas que no sean Delegadas Territoriales, podrán ingresar en el momento de presentación de las respectivas nóminas, y deberán retirarse previo a la votación.
- Las personas fiscales de escrutinio que no sean Delegadas Territoriales, solo podrán ingresar para el respectivo proceso de votación.
- Se permite el ingreso de prensa, previa acreditación al correo electrónico: tei@partidounidad.com indicando el nombre del medio, nombres completos y números de cédulas de las personas por acreditar, que deberá ser notificado el viernes previo a las respectiva Asamblea Provincial antes de las 18:00 horas.
- El Tribunal Electoral Interno establece la distribución de los espacios físicos en la sesión de una Asamblea Provincial, esta será de acatamiento obligatorio, las personas Delegadas Territoriales se ordenarán de forma alfabética, según el nombre completo que se refleje en el ventana de Consultas Civiles y Solicitudes de Certificación del Tribunal Supremo de Elecciones, en la sección de Persona Nacionales la información cedular de la candidatura en la opción de Consulta por número de cédula o Consulta por nombre y apellidos, ingresando en el siguiente enlace: https://servicioselectorales.tse.go.cr/chc/
- Todas las personas asambleístas deberán presentar su cédula de identidad vigente. En la entrada del recinto representantes del Tribunal Supremo de Elecciones y el Tribunal Electoral Interno se ubicará en la mesa de registro. Primero firmarán el registro de asistencia de la (s) persona (s) funcionaria (s) fiscalizadora (s) del Tribunal Supremo de Elecciones y luego la del Tribunal Electoral Interno.
- Cuando una persona asambleísta se niega a firmar el registro de asistencia ante la persona delegada del Tribunal Supremo de Elecciones y del Tribunal Electoral Interno, este último órgano podrá solicitar al representante del Tribunal Supremo de Elecciones, que se consigne el hecho en el Libro de Actas, con la firma de tres personas delegadas como testigos. Cumplido lo anterior, el Tribunal Electoral Interno solicitará a la persona que se retire de forma inmediata del área designada para Asambleístas y se considerará como una ausencia injustificada para efectos del Artículo N.º 36 del Estatuto.
- Las Asambleas Provinciales, en su sesión de instauración, serán presididas inicialmente por la persona delegada de mayor edad y por las personas representantes del Tribunal Electoral Interno. Una vez electo el respectivo Comité Ejecutivo Provincial, la persona electa en la Presidencia en Propiedad sustituirá a la de mayor edad, y en conjunto con los representantes del Tribunal Electoral Interno, continuarán con la dirección de la sesión. Quien ostente la Presidencia de una Asamblea Provincial, no puede decretar recesos, únicamente quien represente al Tribunal Electoral Interno podrá hacerlo; o bien, por moción escrita aprobada por mayoría simple de las personas delegadas presentes.
- Se prohíbe la permanencia o interferencia durante las sesiones, en el espacio definido para asambleístas de personas que no integren las respectivas asambleas, que no sean representantes del Tribunal Electoral Interno o el Tribunal Supremo de Elecciones, o que por solicitud de alguna autoridad requiera su presencia. Estas personas podrán ubicarse en todo momento en el área destinada para el público, siempre manteniendo el orden y respeto.
- Cada una de las papeletas inscritas tendrán un tiempo máximo de hasta cinco minutos para su presentación. Se autoriza el uso de la palabra a las personas que sean parte o no de la respectiva Asamblea.
- No es procedente incluir nuevos puntos en la agenda con la que se realizó una convocatoria a sesión de una Asamblea Partidaria que requiera de fiscalización obligatoria de acuerdo con lo establecido en el Artículo N.º 69 del Código Electoral y de los Artículos N.º 10 y 11 del Reglamento para la Conformación y Renovación de las Estructuras Partidarias y Fiscalización de Asambleas, decreto N.º 022012.
- En los procesos de designaciones de la estructura interna se realizan por medio de voto secreto, de conformidad con el Estatuto y demás normativa vigente. De conformidad a la Circular DGRE – 0007 – 2022 con fecha del 3 de junio de 2022, sobre Asunto: Aspectos Relevantes sobre Fiscalización y Celebración de Asambleas Partidarias de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones, los procesos de elección se deberán de realizar por medio de voto secreto para que los militantes puedan elegir en libertad de conciencia a quienes serán sus representantes territoriales, o sectoriales y a sus autoridades a lo interno del Partido.
F.1. GENERALIDADES DE INSCRIPCIÓN DE LAS PERSONAS PRECANDIDATAS A LAS DIPUTACIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA:
- Las candidaturas que se presenten fuera del plazo indicado se tendrán por extemporáneos y serán rechazadas de plano mediante resolución emitida por el Tribunal Electoral Interno.
- Sólo se recibirán inscripciones en la Asamblea Provincial, con todos los requisitos, sin excepción, en aquellos puestos en donde no se recibieron inscripciones en los plazos establecidos; por motivo de renuncia; por incapacidad; por fallecimiento; o por retiro de una postulación previo a la respectiva elección.
- No se hará devolución de montos por concepto de inscripción de aquellas papeletas o personas que se retiren previo al inicio de la elección para la cual se realizó la respectiva inscripción.
- Las candidaturas a puestos de la nómina de Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa se elegirán por mayoría absoluta de los votos presentes, puesto por puesto.
- Las Asambleas Provinciales respetarán el sexo registral que encabeza la nómina, con la siguiente distribución.
- 01 San José: Mujer
- 02 Alajuela: Hombre
- 03 Cartago: Mujer
- 04 Heredia: Mujer
- 05 Guanacaste: Hombre
- 06 Puntarenas: Hombre
- 07 Limón: Hombre
- En el caso del primer puesto de la nómina de las candidaturas de la provincia de San José, así como el segundo lugar de las provincias cuya nominación le corresponde a la persona electa como Candidato(a) a la Presidencia de la República, sea Alajuela, Cartago o Heredia, deberán cumplir los requisitos señalados en el Reglamento Electoral Interno, de forma obligatoria y sin excepción, y realizar los pagos de cuotas de inscripción respectivos; así como aquellas plazas vacantes que sean designadas por la Asamblea Nacional.
- Todas las votaciones para la elección y ratificación de las candidaturas se realizarán en voto secreto, de conformidad con el Estatuto y demás normativa vigente. Siempre y cuando, se respete el carácter secreto del voto, la forma y mecanismo de integración la Asamblea Provincial, vía moción, en casos de nóminas únicas de la respectiva provincia en diferentes posiciones, podrán realizar la elección de las respectivas nóminas mediante una votación de elección y ratificación por medio de una única papeleta, siempre y cuando este mecanismo se apruebe por mayoría simple de las personas miembros presentes integrante de la Asamblea Provincial.
- Si 14 días hábiles antes de cerrarse el plazo para la Convocatoria a Elecciones por parte del TSE, la Asamblea Provincial no ha designado las candidaturas, la Asamblea Nacional procederá con la elección y ratificación de estas, en los plazos establecidos en el Cronograma Electoral de la respectiva elección. Siempre y cuando se cumpla con el mecanismo y sistema de aplicación de la alternancia y paridad de género para la designación e integración de las nóminas a puestos de elección popular aprobado por esta Asamblea Nacional de conformidad a la legislación electoral.
- La elección de candidaturas a Diputaciones de la República se hará en secreto por mayoría absoluta de los integrantes presentes en la Asamblea respectiva. Si ninguna de las candidaturas obtuviese mayoría absoluta, se llevará a cabo una segunda votación con las dos candidaturas que hubieren obtenido el mayor número de votos; si en esta segunda votación se produjere un empate, deberá seguirse votando hasta tanto alguna logre la mayoría absoluta. En el caso de que se presenten candidaturas únicas, se podrá hacer en una sola nómina la designación de varias posiciones siempre y cuando sea de forma secreta. ARTÍCULO N.° 71: DE LOS REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ELECCIÓN DE CANDIDATURAS A ELECCIONES LEGISLATIVAS.
- Candidaturas en suplencia a Diputaciones a la Asamblea Legislativa, se inscribirán al menos un 25% adicional del total de plazas en propiedad, de forma adicional, con la siguiente distribución:
- 01 San José: 5 suplencias
- 02 Alajuela: 3 suplencias
- 03 Cartago: 2 suplencias
- 04 Heredia: 2 suplencias
- 05 Guanacaste: 2 suplencias
- 06 Puntarenas:2 suplencias
- 07 Limón: 2 suplencia
- En caso de muerte, renuncia o incapacidad física o legal de la persona electa a la Diputación de la Asamblea Legislativa por el Partido Unidad Social Cristiana antes del vencimiento de inscripción de candidaturas ante el Registro Electoral, la Asamblea Nacional dispondrá la sustitución llamando a ejercer la candidatura, a la persona siguiente que en la misma elección obtuvo más votos o a quien siga en la misma elección, según corresponda.
F.2. GENERALIDADES DE INSCRIPCIÓN DE LAS NÓMINAS DE CANDIDATURAS:
- Los formularios deben ser presentados mínimo 5 minutos antes de la respectiva elección.
- Nóminas únicas. Siempre y cuando, se respete el carácter secreto del voto, la forma y mecanismo, en casos de nóminas únicas en una respectiva elección, en diferentes tipos de postulaciones y circunscripción, vía moción, podrá autorizarse la elección de las respectivas nóminas mediante una única votación y ratificación de la papeleta única, siempre y cuando este mecanismo se apruebe por mayoría simple de las personas presentes que integran la respectiva Asamblea.
- Todas las designaciones deben cumplir la paridad de género y la presentación de la juventud según lo dispuesto en la normativa al completarse su integración.
- Todas las candidaturas deben de cumplir con los requisitos establecidos en el Estatuto y los que establezca el Código Electoral.
- Las personas candidatas a puestos de elección interna que no se presenten en la respectiva Sesión, deben de hacer llegar dos cartas de aceptación al puesto de la estructura interna en que fueran designadas del Partido Unidad Social Cristiana en la respectiva sesión y ser entregada una a la persona fiscalizadora del Tribunal Supremo de Elecciones y la segunda al Tribunal Electoral Interno, ambas con copia de la cédula de identidad de la persona candidata. DE NO PRESENTARSE SE DARÁ POR NO INSCRITA LA CANDIDATURA Y SE EXCLUIRÁ DE FORMA INMEDIATA DE LA RESPECTIVA NÓMINA SIN EXCEPCIÓN ALGUNA.
G. REQUISITOS:
G.1. REQUISITOS PARA PERSONAS PRECANDIDATAS A LAS DIPUTACIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA:
- Ser persona ciudadana en ejercicio.
- Ser costarricense por nacimiento, o por naturalización con diez años de residir en el país después de haber obtenido la nacionalidad;
- Haber cumplido veintiún años de edad.
- No pueden inscribirse candidaturas a quienes les alcance la prohibición del Artículo 109 de la Constitución Política.
- Es condición indispensable ser militante del Partido, con una militancia ininterrumpida y claramente verificable de por lo menos cuatro años inmediatamente anteriores al día de la respectiva elección convocada por el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica.
- Cada persona candidata deberá de presentar en la cita de inscripción la siguiente documentación como requisito sin excepción:
- Formulario de inscripción de la candidatura a Diputación de la Asamblea Legislativa para la Elección Nacional por el Partido Unidad Social Cristiana. (Formulario de inscripción de las personas precandidatas para la elección de la nómina de Candidaturas a Diputados y Diputadas a la Asamblea Legislativa por la respectiva provincia para las Elecciones Nacionales del 01 de febrero de 2026, en representación del Partido Unidad Social Cristiana, para ser sometida a ratificación de la Asamblea Nacional (Superior)).
- Copia de la cédula de identidad a color por ambos lados (debe aportarse de forma digital al correo electrónico (tei@partidounidad.com).
- Certificación emitida por la persona que ejerce en propiedad la Tesorería del Comité Ejecutivo Nacional u otro documento idóneo que demuestre que la persona candidata ha pagado la cuota de inscripción establecida por el Comité Ejecutivo Nacional.
- Declaración jurada que no le alcanza ninguna de las prohibiciones establecidas en el Código Electoral y sus reformas, en el Partido Unidad Social Cristiana vigente y debidamente inscrito ante el TSE o en las demás disposiciones reglamentarias.
- Aportar una única fotografía reciente de la persona postulada como precandidata en formato JPG, TIFF (TIF) o PNG, (debe aportarse de forma digital al correo electrónico (tei@partidounidad.com).
- Presentar una biografía de la persona, deberá enviarse en formato PDF. (debe aportarse de forma digital al correo electrónico (tei@partidounidad.com).
- Señalar dos direcciones de correo electrónico indicando cuál de ellas se utilizará como principal y cuál como accesoria.
- Nombre completo, número de cédula, número de teléfono y correo electrónico de la persona enlace o asistente con la persona candidata.
- Información sobre números de teléfono de contacto, redes sociales, sitio web y correo electrónico de contacto al público.
G.2. REQUISITOS PARA NÓMINAS DE CANDIDATURAS:
- Comité Ejecutivo Provincial: las nóminas de personas candidatas deben ser integrantes de la respectiva Asamblea Provincial, cumpliendo con paridad y representación joven.
- Fiscalía Provincial: las personas candidatas no deben ser integrantes de otras estructuras internas a diferente escala, pero sí pueden ostentar la Fiscalía de otro organismo sin distingo de escala, cumpliendo con paridad y representación joven en las postulaciones.
- Los requisitos que señale la normativa vigente electoral.
H. LUGAR Y MEDIOS PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DEL TRIBUNAL ELECTORAL INTERNO.
- La recepción de asuntos electorales contenciosos o no contenciosos de forma física será de lunes a viernes de las 08:00 horas a las 18:00 horas, y sábados entre las 09:00 horas a las 15:00 horas, en la Sede Central del Partido Unidad Social Cristiana, referencias de la Sede:
- Dirección de la Sede: Casa N.° 096, diagonal a la Iglesia Nuestra Señora de Fátima, Calle N.° 45, Avenida N.° 10 A., Los Yoses, Montes de Oca, San José, referencias:
- Google Maps: https://maps.app.goo.gl/aBkFvRyEv9AiMEuT8?g_st=iw
- Waze:https://waze.com/ul/hd1u0rpw63
- Para notificaciones digitales, se recibirán única y exclusivamente al correo electrónico: tei@partidounidad.com
I. INFORMACIÓN DE CONTACTO PARA CONSULTAS Y SOLICITUDES CON EL TRIBUNAL ELECTORAL INTERNO.
- Correo electrónico: tei@partidounidad.com
- ° de teléfono: +506 2248 1411
- WhatsApp: +506 7004-9734 /7021-0076
J. INFORMACIÓN DE CONTACTO PARA CONSULTAS Y SOLICITUDES CON EL DEPARTAMENTO CONTABLE
- Correo electrónico: gerencia@partidounidad.com
- º de teléfono: +506 2248-1411 ext. 1007
- WhatsApp: +506 7100-7070
FECHA DE PUBLICACIÓN: 26 DE JULIO DE 2025
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